BASES Y CONDICIONES SORTEO FREESTYLE ZOMBIES
BASES LEGALES “SORTEO ENTRADAS FREESTYLE ZOMBIES TOUR CANARIAS 2022”
1.- Identidad del Promotor
La entidad “Petróleos Archipiélago, S.A.” (en adelante, “el Promotor” o “TGAS”) con CIF A-76513472, y domicilio en Carretera Hoya Fría, número 6, Nave I, Polígono Industrial El Mayorazgo, 38.110 Santa Cruz de Tenerife (TGAS) organiza los sorteos denominados “SORTEO ENTRADAS FREESTYLE ZOMBIES TOUR CANARIAS 2022” (en adelante “la Promoción”).
2.- Ámbito temporal de la promoción
El plazo de participación en la Promoción comenzará el 1 de agosto de 2022 a las 00:00 horas, y concluirá el 21 de agosto de 2022, a las 23:59 horas, ambos días incluidos, periodo durante el cual los participantes podrán participar en la Promoción (en adelante “periodo de promoción”). Todas las participaciones recibidas después de la finalización del periodo de promoción anteriormente indicado no serán válidas.
El Promotor se reserva el derecho a suspender, aplazar, cancelar o modificar el periodo de promoción en cualquier momento anterior a su finalización, bajo determinadas circunstancias que serán publicadas en el sitio web.
3.- Ámbito territorial de la promoción
La promoción se desarrollará exclusivamente en las Estaciones de Servicio TGAS, dentro del territorio de la isla de Tenerife, que se citan a continuación:
TGAS-Arona
TGAS-El Médano
TGAS-La Gorvorana
TGAS-Las Caletillas
TGAS-Las Galletas
TGAS-Las Mercedes
TGAS-Los Baldíos
TGAS-Montesdeoca
TGAS-Santa Catalina
TGAS-Tacoronte
TGAS-Tegueste
TGAS-Tu Trébol Adeje
TGAS-Tu Trébol Santa Cruz.
4.- Gratuidad
La promoción es gratuita. La participación no está sometida a sobreprecio o tarificación adicional.
5.- Aceptación de las Bases
La participación en una determinada acción promocional supone la aceptación plena e incondicional de estas Bases y la adquisición de la condición de participante.
6.- Participantes: Requisitos para participar
Podrá participar en la presente promoción cualquier persona física mayor de edad residente legal en España que haya cumplido con los requisitos establecidos en las presentes Bases, incluidos los trabajadores de TGAS y sus familiares.
7.- Características del premio
Los premios consistirán en treinta entradas dobles al evento “FREESTYLE ZOMBIES TOUR CANARIAS 2022” del día 27 de agosto de 2022 que se sortearán entre todas las estaciones TGAS citadas en el aparto 3.
Las dos entradas se entregarán a cada uno de los treinta ganadores en la estación de servicio premiada, es decir, en la estación donde hayan obtenido la participación que les haya otorgado el premio.
Los premios no son acumulables a otras ofertas ni promociones. No serán canjeables por su importe en metálico, ni por otro premio, ni será susceptible de cambio, alteración o compensación a solicitud del ganador. El ganador del premio podrá renunciar a los mismos, si así lo desea, si bien dicha renuncia no le otorgará derecho a percibir del Promotor indemnización o compensación alguna.
TGAS podrá sustituir los premios indicados parcial o totalmente por otros de valor semejante o superior en el supuesto de que por alguna razón no imputable a TGAS y/o el ganador, los premios referidos en estas Bases sean imposibles o excesivamente onerosos.
8.- Mecánica de participación
Durante el periodo de promoción, el usuario deberá estar dado de alta o darse de alta como usuario de la Tarjeta de fidelización TGAS PREMIUM.
Podrá realizarlo en la web pública www.tgas.es o en la App Móvil TGAS, a través del botón “TGAS PREMIUM”, o bien solicitando el alta en cualquier estación de servicios TGAS.
Cada punto acumulado en la Tarjeta de fidelización TGAS PREMIUM durante el “periodo de promoción” dará lugar a una participación en el sorteo.
La obtención de estos premios no supone pérdida de puntos para el cliente dentro del programa de fidelización TGAS PREMIUM.
Es imprescindible que los participantes aporten los datos personales requeridos y necesarios y que sean reales y ciertos para acceder a la promoción. La falsedad o la falta de alguno de los datos obligatorios motivarán la exclusión de dicho participante de la promoción, sin que sea necesario comunicárselo.
En el caso de que durante el proceso de registro se detecte que el participante no cumple con alguno de los requisitos de la promoción o incluso, si resultase ganadora alguna persona que no reúna los requisitos detallados y/o no cumpla en general lo dispuesto en las presentes Bases o en las condiciones de la Tarjeta de fidelización TGAS PREMIUM, quedará excluida de la promoción y perderá su derecho a obtener el premio.
El Promotor se reserva el derecho de no admitir o de expulsar como participante en la promoción a todo usuario que previamente haya desarrollado un comportamiento conflictivo, haya impedido o dificultado con sus palabras o actos el buen desarrollo de la promoción y/o que, en todo caso, lleve a cabo acciones que puedan ser consideradas abusivas, contrarias al principio general de buena fe y/o a los principios de independencia, imparcialidad y/u objetividad del resultado de la Promoción.
Las participaciones deben ser realizadas por el propio participante. Cualquier participación en masa realizada por grupos de consumidores, otros grupos o terceros distintos del participante no será válida.
9.- Realización del Sorteo y contacto con el ganador.
Con todas las participaciones recibidas se elaborará por el Promotor una base de datos, sobre la cual se utilizará una herramienta informática de selección aleatoria para designar al ganador del premio y los suplentes.
Participarán de manera automática todos los usuarios de la Tarjeta de fidelización TGAS PREMIUM que acumulen puntos durante el periodo indicado en el apartado anterior. Los sorteos tendrán lugar el 22 de agosto de 2022.
Se escogerá por tanto un total de treinta ganadores y sesenta suplentes. Es decir, un ganador y dos suplentes por cada una de las estaciones premiadas. La empresa se pondrá en contacto con dicho ganador a partir del día del sorteo para comunicarle que él ha sido el agraciado a través de su correo electrónico o teléfono recogidos durante su participación. También recibirá un SMS informativo. El intento de contacto se llevará a cabo durante, al menos, tres veces en los siguientes dos días tras el sorteo, pasado este tiempo sin que pueda efectuarse el contacto se procederá a contactar con el primer suplente. El premiado deberá aceptar el premio en el momento en que el Promotor se ponga en contacto con él. Si por motivos ajenos al Promotor (tales como datos de contacto incorrectos por ejemplo) fuese imposible contactar con el premiado en dicho período a través de los medios citados, el derecho al premio caducará. Acto seguido, el Promotor se pondrá en contacto con el primer premiado suplente designado, y así sucesivamente con los siguientes hasta conceder el premio.
Por lo tanto, los ganadores suplentes, solamente podrán optar al premio en el mismo orden que éstos fueron designados, en aquellos casos en los que el participante ganador seleccionado se abstenga de reclamar el Premio, no firme los documentos necesarios para confirmar su premio, no reúna los requisitos detallados en las presentes Bases o no atienda a los contactos realizados por parte de PETRÓLEOS ARCHIPIÉLAGO, S.A.
La condición de ganador tiene carácter personal e intransferible. Si el ganador no pudiera acudir en la fecha establecida para el evento (27 de agosto de 2022) y acredite dicha imposibilidad, podrá optar por designar a un tercero para el disfrute del premio.
En el caso de que se detectase, alguna anomalía o irregularidad en la participación de la promoción o que el participante ganador incumpliera alguno de los requisitos y condiciones de participación recogidos en estas Bases, en el momento en el que el Promotor proceda a la verificación de los ganadores, el Promotor podrá excluir al participante ganador relacionado con dichas irregularidades o incumplimientos y quien perderá su derecho a obtener premio alguno, procediéndose a entregar el premio a un participante suplente, que se corresponderá con el primero de la lista de suplentes, el citado suplente pasará a ser participante ganador y así sucesivamente.
TGAS se reserva el derecho de que el premio quede desierto, en el caso que el participante agraciado y los suplentes no cumplan los requisitos citados en estas Bases, pudiendo el premio pasar a sortearse en posteriores campañas promocionales del Promotor, de así considerarlo éste oportuno.
10.- Canje y entrega del premio
Una vez realizado el sorteo, se contactará con el ganador según modalidad y plazos indicados en el punto anterior.
El ganador dispondrá de un plazo de dos (2) días naturales desde que éste acepte fehacientemente el premio, para personarse, con su documento de identidad, en la estación de servicio premiada el día indicado en el momento que se le comunica que es el agraciado.
Será requisito indispensable para acceder al premio la presentación de un documento de identidad válido.
En caso de que el ganador no se presentase en el plazo habilitado, o se presentase pero no aceptase el premio, se entenderá que renuncia al mismo, y se procederá a notificar al suplente, por la misma vía antes descrita, a fin de que éste pueda aceptar el premio otorgado.
Para el caso de que los suplentes tampoco se presentaran en el plazo marcado, o renunciaran al premio obtenido, se entenderá que el sorteo queda desierto, pudiendo el premio pasar a sortearse en posteriores campañas promocionales del Promotor, de así considerarlo éste oportuno.
11.- Fiscalidad
De conformidad con la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio y legislación complementaria, el premio concedido podrá estar sujeto a retención o ingreso a cuenta, cuya realización corresponderá al Promotor, siendo responsabilidad del ganador, sin embargo, la declaración correspondiente del premio en su autoliquidación del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
El Participante conoce y acepta que los Premios en metálico o en especie podrán contar con la retención fiscal o ingreso a cuenta, según proceda, al tipo vigente, si cabe, según lo dispuesto en la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio.
12.- Modificación de las condiciones y Bases del sorteo
El Promotor se reserva el derecho de modificar, en caso de fuerza mayor o imposibilidad material, si fuera preciso, las condiciones de esta promoción por otras similares, en cuyo caso publicaría dicha circunstancia en su página web.
13.- Responsabilidades y Garantías.
El Promotor queda exonerado de cualquier responsabilidad por daños, ya sean físicos o de cualquier otra índole, que pueda sufrir el ganador o los usuarios del premio durante el disfrute del mismo por cualquier acción u omisión no imputable al Promotor, con los límites establecidos en la normativa que resulte aplicable, con los límites establecidos en la normativa aplicable.
14.- Protección de datos de carácter personal
La participación en estos sorteos supone facilitar datos de contacto para que PETROLEOS ARCHIPIELAGO, S.A. se comunique con los participantes y le facilite el premio descrito. En cumplimiento del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) en relación a los datos de carácter personal que se van a tratar, se informa de los términos afectos a los mismos:
Los datos que gestionará PETROLEOS ARCHIPIELAGO, S.A. de los participantes en los sorteos son los detallados a continuación: nombre completo, correo electrónico y número de teléfono, así como cualquier otro necesario para complementar la inscripción obtenida como premio. El tratamiento de los datos recogidos resulta indispensable, de manera que en el supuesto de no facilitarlos no será posible la inscripción ni ser beneficiario del premio.
El nombre y apellidos y/o la imagen del ganador en relación con el concurso serán publicadas en la página web y/o en redes sociales vinculadas a PETROLEOS ARCHIPIELAGO, S.A. En este sentido, el participante consiente expresamente la recogida y el tratamiento de los mismos para las citadas finalidades.
Cualquier variación que se produzca en los datos facilitados, deberá ser comunicada a PETROLEOS ARCHIPIELAGO, S.A. de forma que éstos se mantengan exactos y actualizados, y respondan con veracidad a su situación actualizada.
INFORMACIÓN BÁSICA DE PROTECCIÓN DE DATOS
Responsable del tratamiento: Los datos serán tratados por PETROLEOS ARCHIPIELAGO, S.A. – A76513472, Carretera de Hoya Fría, 6 – Nave 1 – Polígono Industrial El Mayorazgo – 38110 – Santa Cruz de Tenerife.
Finalidad: Gestión del sorteo y publicación de los datos de los ganadores.
Conservación: Se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron.
Legitimación: Consentimiento del interesado, cumplimiento de una obligación legal y ejecución de medidas precontractuales y contractuales.
Destinatarios: Terceros a los que se comunican los datos de los ganadores, así como los que accedan a los mismos a través de las diferentes plataformas donde sean publicados.
Derechos: Puede solicitar los derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de sus datos, de limitación y oposición a su tratamiento, así como a no ser objeto de decisiones basadas únicamente en el tratamiento automatizado de sus datos, cuando procedan ante PETROLEOS ARCHIPIELAGO, S.A. en la dirección que figura en la cláusula o en la dirección de correo electrónico: protecciondedatos@tgas.es. Asimismo, podrá revocar el consentimiento prestado en cualquier momento.
Información adicional: Puede consultar la información adicional sobre protección de datos en nuestra web: www.tgas.es
15.- Cláusula de salvaguarda.
Todas las cláusulas o extremos de las presentes Bases deben ser interpretadas de forma independiente y autónoma, no viéndose afectadas el resto de las estipulaciones en caso de que una de ellas sea declarada nula por sentencia judicial firme.
En tal caso, el Promotor sustituirá la cláusula o cláusulas afectadas por otra u otras que tengan los efectos correspondientes a los fines perseguidos por las partes en las presentes Bases.
16.- Legislación aplicable y Jurisdicción competente.
Las Bases de la presente Promoción se regirán por lo dispuesto en la legislación española. Los participantes, con renuncia expresa a cualquier otro fuero, se someten al de los juzgados y tribunales de SANTA CRUZ DE TENERIFE por cualquier controversia que pudiera derivarse.
17.- Contacto.
Para cualquier duda o consulta relativa a la presente Promoción y sus Bases Legales, el participante podrá ponerse en contacto con TGAS mediante escrito dirigido a “Petróleos Archipiélago, S.A.”, Carretera Hoya Fría, número 6, Nave I, Polígono Industrial El Mayorazgo, 38.110 Santa Cruz de Tenerife.