1.- Identidad del Promotor
La entidad “Petróleos Archipiélago, S.A.” (en adelante, “el Promotor” o “TGAS”) con CIF A-76513472, y domicilio en Carretera Hoya Fría, número 6, Nave I, Polígono Industrial El Mayorazgo, 38.110 Santa Cruz de Tenerife (TGAS) organiza los sorteos denominados “BALONES FIRMADOS CD TENERIFE” (en adelante “la Promoción”).
2.- Ámbito temporal de la promoción
El plazo de participación en la Promoción será desde la publicación de la promoción en redes sociales hasta las 23:59 del día 12 de julio de 2026, periodo durante el cual los participantes podrán participar en la Promoción (en adelante “periodo de promoción”). Todas las participaciones recibidas antes y después de la finalización del periodo de promoción anteriormente indicado no serán válidas.
El Promotor se reserva el derecho a suspender, aplazar, cancelar o modificar el periodo de promoción en cualquier momento anterior a su finalización, bajo determinadas circunstancias que serán publicadas en el sitio web.
3.- Ámbito territorial de la promoción
La promoción se desarrollará en el estado español. No obstante, la organización no se hace responsable de la gestión y los gastos de envío de los premios.
4.- Gratuidad
La promoción es gratuita. La participación no está sometida a sobreprecio o tarificación adicional.
5.- Aceptación de las Bases
La participación en una determinada acción promocional supone la aceptación plena e incondicional de estas Bases y la adquisición de la condición de participante.
6.- Participantes: Requisitos para participar
Podrá participar en la presente promoción cualquier persona física mayor de edad residente legal en España que haya cumplido con los requisitos establecidos en las presentes Bases, incluidos los trabajadores de TGAS y sus familiares.
7.- Características de los premios:
Los premios consistirán en 3 balones de fútbol firmado por todas las jugadoras del Primer Equipo del Club Deportivo Tenerife Femenino.
Los premios no son acumulables a otras ofertas ni promociones. No serán canjeables por su importe en metálico, ni por otro premio, ni será susceptible de cambio, alteración o compensación a solicitud del ganador. El ganador del premio podrá renunciar a los mismos, si así lo desea, si bien dicha renuncia no le otorgará derecho a percibir del Promotor indemnización o compensación alguna.
TGAS podrá sustituir los premios indicados parcial o totalmente por otros de valor semejante o superior en el supuesto de que por alguna razón no imputable a TGAS y/o el ganador, los premios referidos en estas Bases sean imposibles o excesivamente onerosos.
8.- Mecánica de participación
Durante el periodo de promoción, TGAS publicará el sorteo de un balón de fútbol en cada una de sus redes sociales. La mecánica de participación será publicada en cada una de ellas, que consiste en:
Instagram:
1️⃣ Sigue a @tgas_oficial .
2️⃣ Dale “Me gusta” a este Reel.
3️⃣ Deja un comentario respondiendo a esta pregunta: ¿Cuál es tu jugadora preferida? 💙
4️⃣ Comparte este Reel en tus Stories mencionando a @tgas_oficial para que no nos perdamos ninguna participación.
Facebook:
1️⃣ Dale “Me Gusta” a nuestra página de Facebook Tgas.
2️⃣ Comparte esta publicación en tu muro de forma PÚBLICA (para que podamos comprobarlo).
3️⃣ Déjales un comentario aquí abajo enviándoles un mensaje de felicitación o apoyo de cara a los próximos retos del equipo. ✍️👇
TikTok:
1️⃣ Seguir a @tgas_oficial.
2️⃣ Darle ❤️ a este vídeo y guardarlo en Favoritos ⭐.
3️⃣ Mencionar en comentarios a ese amigo/a con el que siempre vas al estadio o celebras los goles. (¡Puedes comentar las veces que quieras sin repetir amigos!).
Es imprescindible que los participantes aporten los datos personales requeridos y necesarios y que sean reales y ciertos para acceder a los premios. La falsedad o la falta de alguno de los datos obligatorios motivarán la exclusión de dicho participante de la promoción, sin que sea necesario comunicárselo.
En el caso de que durante el proceso de registro se detecte que el participante no cumple con alguno de los requisitos de la promoción o incluso, si resultase ganadora alguna persona que no reúna los requisitos detallados y/o no cumpla en general lo dispuesto en las presentes Bases o en las condiciones de la Tarjeta de Fidelización TGAS PREMIUM, quedará excluida de la promoción y perderá su derecho a obtener el premio.
El Promotor se reserva el derecho de no admitir o de expulsar como participante en la promoción a todo usuario que previamente haya desarrollado un comportamiento conflictivo, haya impedido o dificultado con sus palabras o actos el buen desarrollo de la promoción y/o que, en todo caso, lleve a cabo acciones que puedan ser consideradas abusivas, contrarias al principio general de buena fe y/o a los principios de independencia, imparcialidad y/u objetividad del resultado de la Promoción.
Las participaciones deben ser realizadas por el propio participante. Cualquier participación en masa realizada por grupos de consumidores, otros grupos o terceros distintos del participante no será válida.
9.- Realización del Sorteo y contacto con el ganador.
Entre todos los participantes en cada una de las plataformas se elegirá a un ganador y dos suplentes a través de un sorteo realizado mediante una plataforma de gestión de sorteos y dinámicas aleatorias.
Participarán de manera automática todos aquellos que hayan cumplido la mecánica de participación y en el periodo especificado anteriormente. El sorteo tendrá lugar el 14 de julio de 2026.
El ganador se anunciará a través de las redes sociales y en el mismo post de la promoción en las cuentas de Instagram, Facebook y TikTok de TGAS.
El usuario ganador será contactado a través de un mensaje privado en su perfil de la plataforma correspondiente, una vez finalizado el concurso y durante las 24 horas siguientes.
Si no se logra contactar con algún ganador/a en un plazo de 72 horas desde el primer intento de contacto, o éste renunciase al premio, se contactará con un suplente y así sucesivamente con los siguientes hasta conceder el premio.
El premiado deberá aceptar el premio en el momento en que el Promotor se ponga en contacto con él.
La condición de ganador tiene carácter personal e intransferible.
En el caso de que se detectase, alguna anomalía o irregularidad en la participación de la promoción o que el participante ganador incumpliera alguno de los requisitos y condiciones de participación recogidos en estas Bases, en el momento en el que el Promotor proceda a la verificación de los ganadores, el Promotor podrá excluir al participante ganador relacionado con dichas irregularidades o incumplimientos y quien perderá su derecho a obtener premio alguno, procediéndose a entregar el premio a un participante suplente, que se corresponderá con el primero de la lista de suplentes, el citado suplente pasará a ser participante ganador y así sucesivamente.
TGAS se reserva el derecho de que el premio quede desierto, en el caso que el participante agraciado y los suplentes no cumplan los requisitos citados en estas Bases, pudiendo el premio pasar a sortearse en posteriores campañas promocionales del Promotor, de así considerarlo éste oportuno.
10.- Canje y entrega del premio
Una vez realizado el sorteo, se contactará con el ganador según modalidad y plazos indicados en el punto anterior.
El ganador dispondrá de plazo hasta el 31 de julio de 2026 para personarse, con su documento de identidad, en la estación TGAS de su conveniencia para recoger el premio.
Será requisito indispensable para acceder al premio la presentación de un documento de identidad válido.
En caso de que el ganador no se presentase en el plazo habilitado, o se presentase, pero no aceptase el premio, se entenderá que renuncia al mismo, y se procederá a notificar al suplente, por la misma vía antes descrita, a fin de que éste pueda aceptar el premio otorgado.
Para el caso de que los suplentes tampoco se presentaran en el plazo marcado, o renunciaran al premio obtenido, se entenderá que el sorteo queda desierto, pudiendo el premio pasar a sortearse en posteriores campañas promocionales del Promotor, de así considerarlo éste oportuno.
11.- Fiscalidad
De conformidad con la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio y legislación complementaria, el premio concedido podrá estar sujeto a retención o ingreso a cuenta, cuya realización corresponderá al Promotor, siendo responsabilidad del ganador, sin embargo, la declaración correspondiente del premio en su autoliquidación del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
El Participante conoce y acepta que los Premios en metálico o en especie podrán contar con la retención fiscal o ingreso a cuenta, según proceda, al tipo vigente, si cabe, según lo dispuesto en la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio.
12.- Modificación de las condiciones y Bases del sorteo
El Promotor se reserva el derecho de modificar, en caso de fuerza mayor o imposibilidad material, si fuera preciso, las condiciones de esta promoción por otras similares, en cuyo caso publicaría dicha circunstancia en su página web.
13.- Responsabilidades y Garantías.
El Promotor queda exonerado de cualquier responsabilidad por daños, ya sean físicos o de cualquier otra índole, que pueda sufrir el ganador o los usuarios del premio durante el disfrute del mismo por cualquier acción u omisión no imputable al Promotor, con los límites establecidos en la normativa que resulte aplicable, con los límites establecidos en la normativa aplicable.
14.- Protección de datos de carácter personal
En cumplimiento del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) en relación a los datos de carácter personal que se van a tratar, se informa de los términos afectos a los mismos:
Los datos que gestionará PETROLEOS ARCHIPIELAGO, S.A. de los participantes en la promoción son los detallados a continuación: nombre completo, correo electrónico y número de teléfono, así como cualquier otro necesario para complementar la inscripción obtenida. El tratamiento de los datos recogidos resulta indispensable, de manera que en el supuesto de no facilitarlos no será posible la inscripción ni ser beneficiario del premio.
Cualquier variación que se produzca en los datos facilitados, deberá ser comunicada a PETROLEOS ARCHIPIELAGO, S.A. de forma que éstos se mantengan exactos y actualizados, y respondan con veracidad a su situación actualizada.
INFORMACIÓN BÁSICA DE PROTECCIÓN DE DATOS
Responsable del tratamiento: Los datos serán tratados por PETROLEOS ARCHIPIELAGO, S.A. – A76513472, Carretera de Hoya Fría, 6 – Nave 1 – Polígono Industrial El Mayorazgo – 38110 – Santa Cruz de Tenerife.
Finalidad: Gestión de la promoción.
Conservación: Se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron.
Legitimación: Consentimiento del interesado, cumplimiento de una obligación legal y ejecución de medidas precontractuales y contractuales.
Destinatarios: Terceros a los que se comunican los datos de los ganadores, así como los que accedan a los mismos a través de las diferentes plataformas donde sean publicados.
Derechos: Puede solicitar los derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de sus datos, de limitación y oposición a su tratamiento, así como a no ser objeto de decisiones basadas únicamente en el tratamiento automatizado de sus datos, cuando procedan ante PETROLEOS ARCHIPIELAGO, S.A. en la dirección que figura en la cláusula o en la dirección de correo electrónico: protecciondedatos@tgas.es. Asimismo, podrá revocar el consentimiento prestado en cualquier momento.
Información adicional: Puede consultar la información adicional sobre protección de datos en nuestra web: www.tgas.es
15.- Cláusula de salvaguarda.
Todas las cláusulas o extremos de las presentes Bases deben ser interpretadas de forma independiente y autónoma, no viéndose afectadas el resto de las estipulaciones en caso de que una de ellas sea declarada nula por sentencia judicial firme.
En tal caso, el Promotor sustituirá la cláusula o cláusulas afectadas por otra u otras que tengan los efectos correspondientes a los fines perseguidos por las partes en las presentes Bases.
16.- Legislación aplicable y Jurisdicción competente.
Las Bases de la presente Promoción se regirán por lo dispuesto en la legislación española. Los participantes, con renuncia expresa a cualquier otro fuero, se someten al de los juzgados y tribunales de SANTA CRUZ DE TENERIFE por cualquier controversia que pudiera derivarse.
17.- Contacto.
Para cualquier duda o consulta relativa a la presente Promoción y sus Bases Legales, el participante podrá ponerse en contacto con TGAS mediante escrito dirigido a “Petróleos Archipiélago, S.A.”, Carretera Hoya Fría, número 6, Nave I, Polígono Industrial El Mayorazgo, 38.110 Santa Cruz de Tenerife.




