
La Graciosa, El Hierro y La Gomera fueron las primeras islas del archipiélago en acceder a la Fase 2 de la desescalada. A partir de hoy lunes 25 de mayo las acompañarán el resto: Gran Canaria, Tenerife, Fuerteventura, Lanzarote y La Palma. Además de: Baleares, Galicia, Asturias, Cantabria, el País Vasco, La Rioja, Navarra, Aragón, Extremadura, Guadalajara Cuenca, Murcia (menos el municipio de Totana), Almería, Jaén, Córdoba, Sevilla, Cádiz, Huelva, las zonas sanitarias de Camp de Tarragona, Terres de l’Ebre y Alt Pirineu en Cataluña, Ceuta y Melilla. Así lo comunicó el pasado viernes el ministro de Sanidad, Salvador Illa.
Tal y como ocurría en anteriores ocasiones, las medidas afectan a toda la población de estos territorios con algunas excepciones:
- Personas que presenten síntomas, estén en aislamiento domiciliario o cuarentena por un diagnóstico por COVID-19 o ser contacto estrecho.
- Personas vulnerables que no tengan condiciones clínicas adecuadas y controlada. En cualquier caso, siempre bajo todas las medidas de protección.
¿Tienes dudas sobre qué puede hacer o no en esta Fase 2? A continuación, trataremos de resolverlas.
MEDIDAS SOCIALES
– Ahora sí, podemos circular por la provincia, isla o unidad territorial de referencia en grupos máximos de 15 personas. En el caso de personas convivientes no existe límite.
– En relación a aquellas personas de hasta 70 años, les está permitido realizar actividad física (no profesional) en cualquier franja horaria, salvo las franjas comprendidas entre las 10:00 y las 12:00 horas y entre las 19:00 y 20:00 horas (que estará reservada para los mayores de 70 años).
– Se podrá asistir a lugares de culto, siempre que no se supere un 50% de su aforo.
– En el caso de las bodas, se podrán llevar a cabo en todo tipo de instalaciones, ya sean públicas o privadas, siempre que no se supere el 50% de su aforo. Siempre con un máximo de 100 personas en espacios al aire libre o de 50 en espacios cerrados.
– Los velatorios podrán realizarse siempre con un límite máximo de 25 personas en espacios al aire libre o 15 personas en espacios cerrados.
– Para todo lo anterior, se deben mantener las medidas de seguridad e higiene establecidas, cumpliendo con la distancia mínima de seguridad de dos metros.
COMERCIO Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS
– Podrán abrir al público todos los locales con independencia de su superficie, cumpliendo una serie de normas: 40% del aforo total en los locales comerciales (en cada una de sus plantas), horario de atención prioritario para mayores de 65 años y distancia mínima de dos metros entre clientes.
– En cuanto a los parques o centros comerciales, podrán reabrir sus puertas con aforo del 30% en las zonas comunes y del 40 % en los locales individuales. No será posible hacer uso de las zonas recreativas y comunes.
– Será posible disfrutar de las rebajas, siempre y cuando se respeten las medidas de seguridad e higiene y se controlen y eviten las aglomeraciones. Si fuera necesario, las acciones o promociones se cancelarían.
– Los mercados al aire libre podrán también reanudar su actividad. Siempre con una limitación a un tercio de los puestos habituales. Además, deberán limitar la afluencia de público para mantener la distancia de seguridad de dos metros exigida.
MEDIDAS DE HIGIENE DE LOS ESTABLECIMIENTOS
– La limpieza y desinfección de las instalaciones se tendrá que realizar de manera obligatoria al menos dos veces al día. Además de los puestos de trabajo tras cada cambio de turno.
– En el caso de los probadores, podrán ser ocupados por una única persona y debe ser desinfectado tras su uso.
– Aun cuando se cuente con barreras o elementos de protección, la distancia entre vendedor y cliente debe ser de al menos un metro, o de dos metros si no se dispone de estos elementos.
– Cuando acudamos a establecimientos de servicios que no permitan mantener la distancia de seguridad (centros de estética, peluquerías, centros de fisioterapia…), se debe utilizar un equipo de protección adecuado al nivel de riesgo.
HOSTELERÍA Y RESTAURACIÓN
– Se permite el consumo en el interior de los locales en mesa, siempre y cuando no se supere el 40% del aforo. (las comunidades pueden realizar modificaciones entre el 30% y el 50%).
– En las terrazas al aire libre se permite el uso con el 50 % de las mesas. La ocupación máxima será de 10 personas por mesa.
– Es obligatorio llevar a cabo la limpieza y desinfección de la zona entre un cliente y otro, además de tener a disposición de los usuarios dispensadores de geles y mantelerías de un solo uso.
– En todos los establecimientos se debe evitar el uso de cartas de menú y se fomentará el pago con tarjeta.
– Aún en esta fase no se permite la apertura de bares de ocio nocturno, así como discotecas.
HOTELES Y ESTABLECIMIENTOS TURÍSTICOS
– Siempre que no se supere un tercio del aforo que determine el establecimiento, podrán reabrir las zonas comunes de hoteles y establecimientos turísticos.
– Aunque con limitaciones, pueden reabrirse las piscinas y spas de los establecimientos.
– Las actividades de animación se podrán llevar a cabo con un aforo máximo de 20 personas.
PISCINAS Y PLAYAS
– Las PISCINAS recreativas se podrán reabrir al público con el aforo máximo de un 30% de la capacidad de la instalación. Si no se pudiera mantener así la distancia de seguridad entre usuarios, será necesario reducir el aforo.
– Se necesitará siempre concertar cita previa para acceder a la instalación.
– Cualquier equipo y material que pueda estar en contacto con los usuarios como: botiquín, taquillas, material auxiliar de clases, vaso, corcheras, rejilla perimetral… debe limpiarse y desinfectarse.
– Será obligado realizar la limpieza y desinfección de superficies en contacto frecuente con las manos de los usuarios, al menos tres veces al día. (barandillas, pomos de las puertas de los vestuarios, escaleras…).
– No se podrán usar las duchas de los vestuarios.
– Se debe establecer una distribución espacial de usuarios para garantizar la distancia de seguridad mediante señales en el suelo y limitando los espacios. Nuestros objetos personales deben permanecer dentro del perímetro de seguridad.
– Podremos acceder a las PLAYAS de nuestra provincia, isla o unidad territorial de referencia establecida en el plan de desescalada. Aun así, debemos tener en cuenta que cada ayuntamiento podrá establecer limitaciones de acceso y de aforo. Todo ello para asegurar que se respeta la distancia de seguridad entre bañistas (al menos 2 metros).
– Se puede hacer uso de duchas, aseos y vestuarios. Salvo que el usuario necesite asistencia, este uso se limitará a una persona.
– Debemos tener en cuenta que los objetos personales (toallas, mochilas…) así como tumbonas y elementos similares se dispondrán de modo que se garantice un perímetro de seguridad de dos metros con respecto a otros usuarios. Con la salvedad de aquellos bañistas convivientes o que no superen las 15 personas.
– En la playa está permitida la práctica de actividades deportivas, profesionales o de recreo, siempre que se puedan desarrollar individualmente y sin contacto físico, permitiendo mantener una distancia mínima de dos metros entre los participantes.
ACTIVIDADES CULTURALES
– Todos los cines, teatros, auditorios y espacios similares ya pueden reabrir sus puertas. Siempre que cuenten con butacas preasignadas y no superen un tercio del aforo autorizado.
– Se flexibilizan las medidas para el acceso a monumentos, salas de exposiciones y bibliotecas.
– También podrán reabrir los monumentos y otros equipamientos culturales, siempre que las visitas no superen un tercio del aforo autorizado.
– Pueden abrir al público las salas de exposiciones siempre que no se supere un tercio del aforo autorizado.
– Siempre que no se supere un tercio del aforo autorizado, en las bibliotecas podrán llevarse a cabo actividades de consulta en sala y usarse ordenadores. Ya se permite el préstamo interbibliotecario. En cuanto a las salas infantiles y colecciones de libre acceso, permanecerán aún cerradas.
ACTIVIDADES DEPORTIVAS
– Se permite en esta Fase 2 la reanudación de la competición de las ligas profesionales, sin público y a puerta cerrada. Se permite la entrada de medios de comunicación para la retransmisión de la competición. Todavía no se conoce el número de personas que podrán acceder a los estadios y pabellones, lo determinará el Consejo Superior de Deportes, antes del inicio de las competiciones.
– Los clubes deportivos profesionales o sociedades anónimas deportivas pueden desarrollar entrenamientos de carácter total dirigidos a la fase previa de la competición, incluyendo acciones en grupo de hasta un máximo de 14 personas.
– Los deportistas integrados en clubes participantes en ligas no profesionales pueden realizar entrenamiento básico de manera individual.
– Se regula la apertura de instalaciones deportivas cubiertas y piscinas deportivas.
MEDIDAS LABORALES
– Siempre que sea posible, se fomentará la continuidad del teletrabajo. En el caso de que no sea posible, se deberán adoptar las medidas necesarias para cumplir las medidas de higiene y/o prevención de los trabajadores.
– Se deben ajustar horarios de entrada y salida para evitar concentraciones de personas.
– En el puesto de trabajo de debe garantizar la disponibilidad de geles hidroalcohólicos, sustituir la huella en el fichaje por otro sistema o desinfectar el dispositivo. Cuando no se pueda garantizar la distancia de seguridad interpersonal se debe asegurar los equipos de protección adecuados al nivel de riesgo.
– Si alguno de los trabajadores tiene síntomas, se le debe colocar una mascarilla y contactar con el teléfono habilitado o centro de salud más cercano, debiendo abandonar su puesto de trabajo hasta que su situación médica sea valorada por un profesional sanitario.
EDUCACIÓN
– Las comunidades autónomas pueden abrir centros educativos no universitarios y de formación. También se permite a los titulares la apertura de academias y autoescuelas, limitando su aforo a un tercio y priorizando la formación online.
SERVICIOS SOCIALES
– Las comunidades autónomas y ciudades podrán permitir en su ámbito territorial la realización de visitas a los residentes de viviendas tuteladas, centros residenciales de personas con discapacidad y centros residenciales de personas mayores.
– Se deberá concertar previamente la visita con la vivienda tutelada o el centro residencial.