
El Gobierno aprobó el pasado 4 de diciembre un real decreto (R.D. 1085/2015, de 4 de diciembre, de Fomento de los Biocarburantes), a través del cual se pretende desbloquear el parón en el proceso de incorporación de biocarburantes a los combustibles de automoción. Además, fija los porcentajes mínimos que deberán alcanzarse hasta el año 2020.
El reciente cambio normativo persigue dos objetivos diferenciados. El primero de ellos pretende introducir medidas relacionadas con el fomento de la utilización de los biocarburantes, así como otros combustibles renovables con fines de transporte.
La otra medida está enfocada a integrar al ordenamiento jurídico español, de forma parcial, ciertas disposiciones propuestas por el Parlamento Europeo relativas a la calidad en combustible, al uso de energía renovable y a la eficiencia energética.
En definitiva, el real decreto recoge los objetivos mínimos de biocarburantes en el transporte para el periodo 2016-2020. Unos objetivos en los que, según declaraciones de la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, «tenemos una senda amplia para poder cumplir de sobra los objetivos».
En relación a los objetivos de venta y consumo de biocarburantes con fines de transporte, se revisan al alza estableciéndose los siguientes mínimos:
- 2016 ➞ 4,3%
- 2017 ➞ 5%
- 2018 ➞ 6%
- 2019 ➞ 7%
- 2020 ➞ 8,5%
Este incremento en el contenido de biocarburantes, implicará un incremento en el precio final del combustible.